Borrar

La nueva Ordenanza reguladora de residuos entrará en vigor a primeros de diciembre

Las infracciones se tipifican como leves, graves y muy graves, y podrán llegar a multas de 1.750.000 euros

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Domingo, 21 de noviembre 2021, 21:03

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El pasado 16 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial Provincial de Cáceres la nueva Ordenanza de Residuos del Ayuntamiento. Un documento de 34 páginas, que entrará en vigor a primeros de diciembre, 15 días después de la publicación.

En ella se recoge ya la nueva iniciativa que se implantará en el municipio, la recogida de basura puerta a puerta, aún sin fecha de inicio. Además de los artículos en los que se especifican las competencias del Consistorio sobre la recogida y tratamiento de residuos, se detallan todas las obligaciones y prohibiciones de los usuarios. Se narra cómo se debe realizar un correcto reciclaje, en cada uno de los contenedores destinados para cada tipo de residuos. Por ejemplo, se recuerda que se deberán depositar los aceites de cocina usados en envases de plástico cerrados de hasta cinco litros en el contenedor destinado a tal fin.

Igualmente se detallan los residuos contemplados dentro de la recogida especial: muebles y enseres, animales domésticos muertos, restos vegetales generados con la siega, poda y otras actividades de jardinería. Para todos habrá que dar aviso al Ayuntamiento, que establecerá un día concreto para su recogida.

En la Ordenanza se recoge también la prohibición de abandonar vehículos en cualquier terreno del término municipal. Se considerará abandonado cuando permanezca estacionado por un periodo superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matriculación o sean ilegibles. También cuando se encuentre en situación de baja administrativa y esté situado en la vía pública.

Igualmente se recuerda que la recogida de ropa y calzado deberá depositarse en contenedores habilitados para ello, o bien podrán ser entregados a empresas privadas o colectivos autorizados por el Ayuntamiento.

Infracciones y sanciones

Los artículos del 39 al 43 se refieren a las infracciones y las sanciones. Se declaran como leves, por ejemplo, el hecho de depositar los residuos sin separarlos por fracciones o en contenedores o puntos de recogida distintos a los identificados para cada fracción de residuos o contraviniendo lo dispuesto en la presente Ordenanza, así como el incumplimiento de los horarios de depósito, o el abandono de residuos en la vía pública. Se podrá multar con hasta 750 euros.

Se considerarán infracciones graves el abandono o vertido incontrolado de cualquier tipo de residuos municipales sin que se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente. También la entrega, venta o cesión de residuos de competencia municipal a personas físicas o jurídicas distintas de las señaladas en la Ordenanza. Las multas pueden oscilar desde los 900 hasta los 45.000 euros.

En el caso de las «muy graves» las multas irán desde los 45.000 euros hasta 1.750.000 euros. Entre otros motivos, serán impuestas por abandonar o verter incontroladamente cualquier tipo de residuos municipales cuando se haya puesto en peligro grave la salud de las personas o se haya producido un daño o deterioro grave para el medio ambiente.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios